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4 de enero de 2017

Decreto Presidencial Reduciría Deudas De Clubes A La SUNAT

Publicado en Enero 3, 2017

El presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, dio la sorpresa hoy, no por el contexto político que atraviesa el país, sino por señalar que este año se brindarán facilidades para que se reduzcan las deudas que tienen varios clubes con la Sunat. Ello es gracias al Decreto de Ley 1257.

En la lista de deudores a la Sunat aparecen instituciones como Alianza Lima, Universitario de Deportes, Cienciano, Sport Boys y Melgar. Así, PPK explicó que “hemos dado facilidades para que Indecopi pueda limpiar la deuda, que se debe reducir porque como está ahora es impagable. La deuda se reducirá en más del 50%. Con eso se pueden empezar a reestructurar los clubes para que empiecen gestiones transparentes y se sepa a dónde va el dinero”.

Incluso, en el Diario Oficial El Peruano, apareció el Decreto Legislativo 1257 que establece un fraccionamiento especial de deudas tributarias y otros ingresos administrados por la Sunat. Con ello, Alianza Lima, Universitario, Sport Boys, Cienciano y Melgar pueden acogerse al Fraccionamiento Especial de las deudas tributarias (FRAES).

Hay que recordar que Universitario tiene una acreencia tributaria de 155 175.350 millones de soles, mientras que Alianza Lima 30 445.751 millones de soles. Así, la deuda merengue se transformaría en 75 millones de soles, mientras que para los blanquiazules sería de 15 millones de soles.

Debe destacarse que este descuento de deuda es solo para las deudas tributarias y no para toda la deuda concursal que mantienen los clubes. A la fecha, la ‘U’ tiene una deuda concursal total de 256 498.957 millones de soles, mientras que Alianza tiene 45 467.517 millones de soles. Hasta el momento ninguno de los administradores de los equipos señalados se ha manifestado si se acogerán al FRAES.


DECRETO LEGISLATIVO Nº 1257

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República mediante la Ley Nº 30506 ha delegado en el Poder Ejecutivo por un plazo de noventa (90) días calendario la facultad de legislar, entre otros aspectos, en materia de reactivación económica y formalización a fin de sincerar la deuda tributaria y otros ingresos administrados por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) que se encuentren en litigio en la vía administrativa, judicial o en cobranza coactiva, aplicando un descuento sobre los intereses y multas de acuerdo al nivel adeudado. Este sinceramiento se aplica solo a las deudas de personas naturales, micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME). Adicionalmente, dicha ley establece que pueden extinguirse las deudas tributarias de personas naturales y MIPYME menores a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT); entre otros.


De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y en ejercicio de las facultades delegadas de conformidad con el numeral a.5) del literal a) del inciso 1) del artículo 2 de la Ley N° 30506.Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República

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