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30 de octubre de 2014

Manuel Burga inhabilitado: ¿Freddy Ames Es El Nuevo Presidente De La FPF?

Freddy Ames es el único candidato habilitado para los comicios de este jueves. Sin embargo, todavía no puede cantar victoria.
  
Freddy Ames es el único candidato habilitado para las elecciones de la presidencia de la Federación Peruana de Fútbol tras las tachas a Manuel Burga y Agustín Lozano. Sin embargo, necesita de un escenario para ganar. Estos son.

Primero caso. De acuerdo al Código Civil (artículo 87), al que se acoge la FPF para la realización de las elecciones según el artículo 77 de los Estatutos, solo se realizará la asamblea de elecciones programadas para este jueves si al menos 19 de los 37 votantes se hacen presente. Si la mitad de este nuevo grupo vota a favor de Freddy Ames, será proclamado presidente.

Segundo caso. Si no se llega a la cantidad mínima de votantes (19) o Freddy Ames no alcanza más de la mitad de votos de los presentes, se realizará una segunda convocatoria al día siguiente. En este escenario, con un solo votante de los 37 se podrá iniciar las elecciones. Esta persona le podrá dar la victoria a Ames.

Tercer caso. Si este único no aprueba a Freddy Ames, cada 15 minutos se llamará a asamblea hasta que en algún momento se decida por elegir al único candidato hábil para ser presidente de la FPF.

Artículo 16. Habilitación o Inhabilitación de las listas. Notificación. Publicación.
El Comité Electoral evaluará las listas presentadas, así como, de ser el caso, las
tachas, oposiciones y demás objeciones que se presenten conforme al Artículo 14 de
este Reglamento.

Hecho lo anterior, el Comité Electoral emitirá resolución declarando la habilitación o
inhabilitación de cada una de las listas, o de algunos de sus integrantes, teniendo
como plazo máximo para hacer esto hasta las 22:00 horas del miércoles 29 de
Octubre de 2014.

Se informará a cada lista de las decisiones señaladas en el párrafo anterior. La
notificación hecha mediante Fax o Correo Electrónico será suficiente para dar por
cumplida esta obligación.

El Comité Electoral dispondrá la publicación de las listas habilitadas en la página web
de la FPF

Artículo 29. Proclamación de resultados. Firma del Acta Notarial.

Culminado el conteo de los votos, el presidente del Comité Electoral anunciará los
resultados oficiales y proclamará como ganadora a la lista que haya obtenido la
mayoría requerida en el Art. 77 del Estatuto de la FPF.

Se redactará el acta notarial correspondiente y la misma deberá ser firmada por todos

los miembros del Comité Electoral y por el notario.


Fuente: Depor.pe

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